Con la línea de seguro para explotaciones de cultivos industriales que ofrecemos en DS Broker de Seguro se cubre los daños sufridos, con una indemnización, en las producciones de adormidera, alcaparra, anís, aloe vera, azafrán, caña de azúcar, lavanda, lavandín, lúpulo, menta, mimbre, quinua, regaliz, remolacha, resto de aromáticas, resto de culinarias, resto de medicinales y tabaco, así como sus instalaciones. En cuanto a los cultivos de aloe vera, azafrán y lúpulo, se cubren también los daños de plantación.
Este seguro no cubre los daños ocasionados por plagas y/o enfermedades (salvo virosis en tabaco), daños ocasionados por sequía (salvo en remolacha de secano con rendimientos asignados), daños ocasionados por helada (salvo en lúpulo, tabaco y remolacha), los daños ocasionados por mala polinización o falta de cuajado, los desequilibrios fisiológicos y los daños por “cocido de planta” en tabaco.
Para los cultivos de adormidera, alcaparra, aloe vera, anís, azafrán, caña de azúcar, lavanda, lavandín, menta, mimbre, quinua, regaliz, resto de aromáticas, resto de culinarias y resto de medicinales, tienen cobertura en todo en territorio nacional.
Para cultivo de lúpulo tiene cobertura en las provincias de León, La Rioja y comarca Septemtrional de la provincia de A Coruña.
Para el cultivo de remolacha (otoño) tiene cobertura en Comunidades Autónomas de Andalucía, Extremadura y Murcia, sin rendimientos asignados. Y, con rendimientos asignados en determinadas comarcas de Cádiz.
Para el cultivo de remolacha en primavera tiene cobertura en todo el territorio nacional excepto en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Extremadura y Murcia.
Y, para el cultivo de tabaco tiene cobertura en las provincias de Álava, Asturias, Ávila, Badajoz, Cáceres, Cádiz, Ciudad Real, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, León, Lleida, La Rioja, Madrid, Málaga, Navarra, Orense, Las Palmas, Pontevedra, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla, Toledo, Valencia y Zamora.
El inicio de la cobertura para la producción comienza una vez ha entrado en vigor el seguro y siempre que haya transcurrido el periodo de carencia y se hayan alcanzado las fechas o estados fenológicos previstos en cada riesgo. Y, finaliza en la fecha más temprana de recolección, momento en el que se sobrepase la madurez comercial, fechas y estados fenológicos previstos para cada riesgo.
Para la plantación y las instalaciones la cobertura se inicia una vez entra en vigor el seguro y siempre que haya transcurrido el periodo de carencia, y finaliza a los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.
Existe un mínimo indemnizable para cada riesgo, ámbito, cultivo y módulo de entre el 5% y el 30% por debajo del cual los daños no estarán cubiertos.
Se aplicarán unas franquicias de daños entre el 5% y el 20% para cada riesgo, ámbito, cultivo y módulo. Estas franquicias se aplicarán de forma independiente para cada parcela o de forma conjunta para el total de la explotación, según riesgo y módulo.
CULTIVO | INICIO | FINAL | |
Remolacha siembra primaveral con cobertura de no nascencia | 1/02/2019 | 10/04/2019 | |
Remolacha siembra primaveral sin cobertura de no nascencia (módulo P) | 1/02/2019 | 31/05/2019 | |
Remolacha siembra otoñal con cobertura de no nascencia | 1/09/2019 | 15/10/2019 | |
Remolacha siembra otoñal sin cobertura de no nascencia | 1/09/2019 | 15/12/2019 | |
Lúpulo | 1/03/2019 | 10/05/2019 | |
Adormidera cosecha 2019 | Todo el ámbito excepto Andalucía | 1/03/2019 | 15/05/2019 |
Adormidera cosecha 2020 | Andalucía | 1/11/2019 | 15/01/2020 |
Azafrán | 1/05/2019 | 30/09/2019 | |
Alcaparra, aloe vera, anís, caña de azúcar, lavanda, lavandín, menta, mimbre, regaliz, resto de aromáticas, resto de culinarias y resto de medicinales en suelo | 1/03/2019 | 15/05/2019 | |
Tabaco | 15/03/2019 | 20/06/2019 | |
Quinua | 1/02/2019 | 31/03/2019 |
Este seguro ofrece diferentes módulos de contratación:
⊗ Pedrisco
⊗ No nascencia
⊗ Viento
⊗ Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente, viento huracanado, virosis y helada
⊗ Resto de adversidades climáticas
⊗ Pedrisco
⊗ Riesgos excepcionales: fauna silvestre, incendio, inundación lluvia torrencial, lluvia persistente, viento huracanado, virosis y helada
⊗ Viento
⊗ No nascencia (contratación opcional)
Para este seguro el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente a través de ENESA, puedes obtener subvenciones de hasta el 75% para el Módulo 1, 44% para el Módulo 2 y 28% para el Módulo P, de la prima comercial base neta.
Puedes obtener hasta un 25% de bonificación sobre la prima del seguro.
El fraccionamiento se realizará a través de SAECA (Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria):
Para pólizas cuyo coste tomador sea igual o mayor de 300€.
Se avala hasta un 90% del coste del seguro.
2 PLAZOS. Mínimo del 10 % del coste tomador al contratar más los recargos por fraccionamiento y gastos de Aval y el 90% restante a 3,6,9 o 12 meses.
4 PLAZOS. Mínimo del 10 % del coste tomador al contratar más los recargos por fraccionamiento y gastos de Aval y tres pagos del 30% a los 90, 180 y 270 días.
Obtención de un 1 % más de subvención de ENESA al fraccionar.
Nosotros nos encargamos de realizar todas las gestiones. Consúltenos.